Requisitos para importar
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Padrón General de Importadores
Padrón Sectorial
Agentes y Apoderados  Aduanales

Quienes importen mercancías están obligados al cumplimiento de las siguientes disposiciones:

  • IMPORTACIÓN DEFINITIVA DE VEHÍCULOS DENOMINADOS "PICK UP"s

    Si deseas importar en forma definitiva una Pick Up, ésta debe tener las siguientes características:

    o       Ser del año o modelo 1992 o anterior (debe ser 10 años anterior al modelo vigente)

    o       Peso máximo, inferior o igual a 3,200 Kgs.

    o       No debe ser de doble rodada

    o       Debe tener motor a gasolina

    o       El vehículo debe proceder de Estados Unidos o Canadá, sin considerar el origen; es decir, no importa en donde se fabricó la pick up, sino que se haya comprado en alguno de estos dos países

    o       No se puede importar una pick up que haya sido transformada o le hayan adaptado dispositivos de carga

    o       Requerirás presentar físicamente el vehículo ante la aduana

    o       No será necesario inscribirte en el Padrón de Importadores

    o       Deberás realizar la importación del vehículo a través de un agente aduanal (al que podrás contratar en la frontera por la cual ingreses).

    o       Para la importación definitiva de pick up se requiere presentar un pedimento por vehículo

    o       El pedimento de importación definitiva de pick up no puede amparar mercancía distinta, es decir, sólo podrás introducir a territorio nacional el vehículo de referencia, sin incluir otro tipo de mercancía

    LA IMPORTACIÓN ÚNICAMENTE SE PODRÁ REALIZAR

    EN LAS ADUANAS FRONTERIZAS O DE ENTRADA AL PAÍS

     

     

    REQUISITOS PARA LA IMPORTACIÓN

    El trámite de importación de una pick up, debe realizarse por conducto de un agente aduanal. Los agentes aduanales no son empleados de la aduana, sino prestadores de servicios y sus funciones son particulares e independientes de nuestras aduanas.

    Es necesario presentar físicamente el vehículo ante la aduana, además de la siguiente documentación:

    • Identificación oficial con fotografía que contenga nombre completo, fecha de nacimiento y domicilio del interesado
    • Acreditar la propiedad de la pick up con factura o título de propiedad que indique el valor comercial a nombre del importador, puede estar endosado a favor del mismo. El título de propiedad o factura deberá contener el sello de la autoridad aduanera de los Estados Unidos de América, que certifique la legal exportación del vehículo.
    • Las facturas comerciales deben ser expedidas por proveedores extranjeros
    • Es preciso pagar los impuestos correspondientes

    IMPUESTOS QUE DEBE PAGAR EL IMPORTADOR EN PESOS MEXICANOS

    El valor en aduana será determinado utilizando la Oficial Used Car Guide (Libro Amarillo), en la edición del mes inmediato anterior a la importación del vehículo. Esta guía es generada por la National Automobile Dealers Association (N.A.D.A.).

    El cobro de impuestos se realizará de conformidad con lo siguiente:

    a)     Cuando la importación se realice por una aduana limítrofe con el Estado de Texas, se deberá utilizar la Clasificación Regional correspondiente a la Edición Suroeste. (Regional Classification, Southwestern Edition).

    b)     Cuando la importación se efectúe por una aduana fronteriza con el Estado de Nuevo México, se deberá utilizar la Clasificación Regional correspondiente a la Edición para los Estados de Montaña.  (Regional Classification, Mountain States Edition).

    c)      Cuando la importación se lleve a cabo por una aduana limítrofe con los Estadosde Arizona o California, se deberá utilizar la Clasificación Regional correspondiente a la Edición Pacífico Suroeste.(Regional Classification, Pacific Southwest Edition).

    d)     El valor en aduana, para pago de impuestos, corresponde al 45% del valor contenido en la columna denominada Promedio de venta al menudeo (average retail), sin aplicar deducción alguna.

    e)     En el caso de vehículos cuyo modelo no aparezca en dicha publicación, por ser de un año muy anterior, el valor en aduana será el del último año modelo publicado, aplicando una depreciación anual de 10%.

    f)        Al valor en aduana se agregará el IVA correspondiente, así como el pago de Derecho de Trámite Aduanero (DTA).

     

    En los casos en que la importación se realice por una Sección Aduanera, se aplicará la Clasificación Regional que corresponda a la Aduana limítrofe de la cual dependa la Sección Aduanera de que se trate.

    Para los vehículos cuyo modelo corresponda a 1992 y años anteriores, el valor en aduana será determinado utilizando la edición de la National Automobile Dealers Association (N.A.D.A.), Appraisal Guides Oficial Older Used Car Guide, del cuatrimestre vigente en el mes inmediato anterior a aquél en que se realice la importación del vehículo.

    En el caso de vehículos año modelo que no aparezca en dicha publicación, el valor en aduana será el del último año modelo publicado, aplicando una depreciación anual del 10%.

    El Agente Aduanal cobrará sus honorarios, independientemente de las contribuciones derivadas de la importación definitiva de la pick up.

    Cuando haya terminado el trámite o despacho aduanero, el personal de la aduana, debidamente acreditado, adherirá un holograma en cualquier cristal fijo del vehículo, en un lugar visible.

    El holograma contiene la leyenda vehículo de importación definitiva con el logotipo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en el papel holográfico y con código de barras.

    El importador amparará la legal estancia de su pick up en México con copia del pedimento de importación definitiva y el holograma correspondiente.

    Si por alguna circunstancia alguien te solicita dinero a cambio de evitar o agilizar algún trámite, niégate a dárselo y denúncialo inmediatamente. No fomentes la corrupción ni formes parte de ella. Acude al módulo de la Secodam o llama sin costo al teléfono de Sactel:  01 800 0014 800.

    Fundamento :Artículos 59 de la Ley Aduanera y 69 al 72 de su Reglamento, y Regla 2.6.14., de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2002.



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    Estracto de www.aduanas.gob.mx